Ficha de Destino: España
Última verificación: 23 de febrero de 2026
Autoridad sanitaria competente: Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA)
URL oficial: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/desplazamiento-animales-compania/
Requisitos según país de origen — Guía rápida
España aplica requisitos distintos según el país desde donde viaja el animal. Identifica tu caso antes de continuar.
Alemania, Francia, Italia, Portugal, Países Bajos, Bélgica, Austria, Suecia y todos los demás estados miembro. Proceso más simple: microchip ISO 11784/11785, pasaporte europeo para animales de compañía con vacuna antirrábica vigente. Sin RNATT. Sin período de espera. Normativa: Reglamento (UE) 576/2013.
Reino Unido, Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein, Andorra, San Marino, Mónaco, Vaticano y otros territorios del Anexo II del Reglamento 577/2013. Exentos de RNATT y período de espera. Requieren microchip ISO, vacuna antirrábica vigente y certificado sanitario oficial equivalente al pasaporte europeo.
Verificar lista actualizada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577
Perú, Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay, México, Centroamérica, Caribe, y la mayor parte de África, Asia y Medio Oriente. Protocolo completo obligatorio: microchip ISO, vacuna antirrábica, RNATT con umbral 0,5 UI/mL, 3 meses de espera desde la extracción de muestra, y certificado sanitario con endoso oficial de la autoridad del país de origen (SENASA en Perú: https://www.gob.pe/senasa). El resto de esta ficha desarrolla íntegramente el Caso 3.
Verificar tu caso directamente en: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/desplazamiento-animales-compania/
Clasificación global del destino
Modelo regulatorio
Modelo B: cuarentena condicional por incumplimiento. España, bajo el marco regulatorio de la Unión Europea, permite la entrada directa de mascotas que cumplen íntegramente los requisitos sanitarios. En caso de incumplimiento, el animal puede ser aislado hasta cumplir los requisitos pendientes, reexpedido al país de origen, o en casos extremos sacrificado, conforme al Reglamento (UE) 576/2013. No existe cuarentena rutinaria para animales con documentación completa.
Estatus de rabia del país de destino
Libre de rabia canina en territorio peninsular e islas. Ceuta y Melilla mantienen vigilancia especial por proximidad geográfica a zonas endémicas del norte de África.
Fuente: WOAH — https://www.woah.org/en/disease/rabies/
Sistema de clasificación de países de origen
Sí. España aplica el sistema de listas de la Unión Europea establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 577/2013. Los países se dividen en dos categorías: países listados en las secciones 1 y 2 del Anexo II (bajo riesgo, exentos de RNATT) y países no listados (alto riesgo, con RNATT obligatorio).
Perú es país no listado, clasificado de alto riesgo de rabia. Comparten esta categoría en América Latina: Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay y la mayoría de países centroamericanos y caribeños. Chile, Argentina y México se encuentran en procesos de evaluación o listado parcial; verificar su estatus actual antes de cada expediente en https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577
Requisitos para perros
Microchip
— Estándar exigido: ISO 11784 o Anexo A de ISO 11785 (Reglamento UE 576/2013).
— ¿Debe implantarse antes de la vacuna? Sí. La identificación debe ser anterior o simultánea a la vacunación antirrábica para que esta sea válida ante la normativa europea.
— Si el chip fue implantado después: la vacuna pierde validez. Debe revacunarse tras la implantación y reiniciar todos los plazos desde cero.
Vacuna antirrábica
— Obligatoria: Sí.
— Edad mínima para vacunar: 12 semanas (Reglamento UE 576/2013, Art. 10).
— Plazo mínimo post-vacuna: 21 días para primovacunación antes de la extracción de muestra para RNATT (MAPA, https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/viajar-perros-gatos-hurones.aspx).
— Validez reconocida: según ficha técnica del fabricante (1 a 3 años), siempre que no existan huecos de inmunización. Si la vacuna vence durante el período de espera post-RNATT, debe aplicarse el refuerzo antes de la fecha de caducidad exacta o se pierde la continuidad del proceso completo.
— Tipos de vacuna aceptados: inactivada de al menos una unidad antigénica por dosis, o vacuna recombinante.
— Si está caducada: la nueva dosis se considera primovacunación. Se reinician los 21 días de espera, la extracción de muestra para RNATT y el período de espera de 3 meses.
Título serológico antirrábico (RNATT)
— Obligatorio: Sí, para animales procedentes de Perú y todos los países latinoamericanos no listados por la UE.
— Umbral mínimo: 0,5 UI/mL (Reglamento UE 576/2013, Art. 10).
— Plazo mínimo post-vacuna para extraer muestra: 30 días desde la vacunación (Reglamento UE 576/2013).
— Período de espera post-extracción: 3 meses (90 días) desde la fecha de extracción de la muestra de sangre hasta la entrada en España. Este período se cuenta desde la extracción, no desde la fecha de recepción del resultado (MAPA, https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/viajar-perros-gatos-hurones.aspx).
— Lista de laboratorios acreditados por la UE: https://food.ec.europa.eu/animals/pet-movement/approved-rabies-serology-laboratories_en
— Si el resultado está bajo el umbral: re-vacunación obligatoria y nueva extracción de muestra 30 días después, reiniciando íntegramente el período de espera de 3 meses.
Otras vacunas exigidas por normativa de entrada
La normativa europea de entrada a España no exige vacunas adicionales a la antirrábica como requisito legal de importación.
Sin embargo, para que SENASA —autoridad zoosanitaria oficial del Perú— emita el Certificado Sanitario Internacional de exportación, exige un esquema vacunal completo y vigente. Sin ese esquema, SENASA no certifica al animal y el proceso no puede iniciarse. Para perros esto incluye: Distemper, Parvovirus, Hepatitis infecciosa canina, Parainfluenza y Leptospirosis. Para gatos: Panleucopenia, Rinotraqueítis viral felina y Calicivirus felino. Verificar el esquema vigente exigido por SENASA directamente en https://www.gob.pe/senasa antes de iniciar el proceso de exportación desde Perú.
La misma lógica aplica para todos los países latinoamericanos de origen. Cada autoridad zoosanitaria nacional exige su propio esquema vacunal completo para certificar la exportación, independientemente de lo que exija el país de destino. Sin ese esquema, la autoridad del país de origen no emite el certificado y el proceso no puede avanzar.
| País de origen | Autoridad zoosanitaria | URL oficial |
|---|---|---|
| Perú | SENASA | https://www.gob.pe/senasa |
| Colombia | ICA (Instituto Colombiano Agropecuario) | https://www.ica.gov.co |
| Ecuador | AGROCALIDAD | https://www.agrocalidad.gob.ec |
| Brasil | MAPA Brasil (SDA) | https://www.gov.br/agricultura |
| Argentina | SENASA Argentina | https://www.argentina.gob.ar/senasa |
| Chile | SAG (Servicio Agrícola y Ganadero) | https://www.sag.gob.cl |
| México | SENASICA | https://www.gob.mx/senasica |
| Bolivia | SENASAG | https://www.senasag.gob.bo |
| Venezuela | INSAI | https://www.insai.gob.ve |
| Uruguay | MGAP-DGSG | https://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca |
| Paraguay | SENACSA | https://www.senacsa.gov.py |
Consultar directamente con la autoridad correspondiente el esquema vacunal exigido para exportación antes de iniciar cualquier trámite.
Tratamientos antiparasitarios
No identificado en normativa primaria consultada como requisito obligatorio para la entrada directa a España desde Perú. Los tratamientos antiparasitarios son obligatorios para entrada a Finlandia, Irlanda, Malta y Noruega, pero no para España peninsular ni islas bajo normativa UE vigente.
Certificado de salud
— Nombre oficial: Certificado Sanitario para el desplazamiento sin ánimo comercial de perros, gatos o hurones procedentes de terceros países (Anexo IV del Reglamento de Ejecución UE 577/2013).
— Quién puede emitirlo: veterinario oficial del país de origen. En Perú: SENASA (https://www.gob.pe/senasa). En Colombia: ICA. En Ecuador: AGROCALIDAD. En Brasil: MAPA Brasil SDA. En el resto de países latinoamericanos: la autoridad zoosanitaria nacional equivalente indicada en la tabla anterior.
— Ventana temporal de validez: 10 días desde la firma oficial hasta el control de entrada en la UE.
— ¿Requiere endoso? Sí, obligatorio. En Perú: firma y sello de SENASA (https://www.gob.pe/senasa).
— Modelo oficial del certificado: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/modelo_cert_perros_gatos_hurones_paises_terceros_tcm30-379374.pdf
Documento oficial de entrada
— Nombre exacto: Certificado Sanitario de la Unión Europea para desplazamiento sin ánimo comercial desde terceros países + Declaración de no comercialidad.
— Quién lo emite: en Perú, SENASA basado en el modelo oficial de la UE (Anexo IV, Reglamento 577/2013). En cada país latinoamericano: la autoridad zoosanitaria nacional equivalente.
— Ventana temporal: 10 días desde la emisión hasta el punto de entrada en España (Reglamento UE 577/2013).
— URL del modelo oficial: https://www.mapa.gob.es/es/ganaderia/temas/comercio-exterior-ganadero/modelo_cert_perros_gatos_hurones_paises_terceros_tcm30-379374.pdf
Formularios digitales obligatorios
No identificado en normativa primaria consultada para movimientos no comerciales de mascotas con entrada por Punto de Control Fronterizo de Viajeros (TTP).
Cuarentena
— Obligatoria: No de forma rutinaria. Condicional por incumplimiento documental o sanitario detectado en el punto de entrada.
— Instalaciones: centros de aislamiento autorizados por las Comunidades Autónomas correspondientes al aeropuerto de entrada.
— Costo: íntegramente a cargo del propietario.
— ¿Qué la puede prolongar? Documentación incompleta, período de espera post-RNATT no cumplido, microchip no legible o no ISO, o vacuna caducada.
Restricciones por raza
Sí. La Ley 50/1999 y el Real Decreto 287/2002 establecen el régimen de Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) en España. Las razas afectadas son: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu. Estos animales pueden entrar a España, pero requieren licencia administrativa local, seguro de responsabilidad civil obligatorio, uso de bozal y correa corta máxima de 2 metros en espacios públicos. La gestión de estos requisitos es competencia de cada Comunidad Autónoma y municipio de destino final.
Edad mínima de entrada
Aproximadamente 7 meses para animales procedentes de Perú y países latinoamericanos no listados: 12 semanas de edad mínima + 30 días post-vacuna para extracción de muestra + 90 días de espera post-extracción (Reglamento UE 576/2013, Art. 10 y 11).
Requisitos para gatos
Microchip
Igual que perros — ver sección anterior.
Vacuna antirrábica
Igual que perros — ver sección anterior.
Título serológico (RNATT)
Igual que perros — ver sección anterior. El umbral de 0,5 UI/mL y el período de espera de 3 meses aplican igualmente para gatos procedentes de Perú y países latinoamericanos no listados por la UE.
Otras vacunas exigidas por normativa de entrada
La normativa europea no exige vacunas adicionales a la antirrábica para la entrada. Sin embargo, SENASA (https://www.gob.pe/senasa) exige esquema vacunal completo para emitir el Certificado Sanitario Internacional desde Perú. Para gatos: Panleucopenia, Rinotraqueítis viral felina (FHV-1) y Calicivirus felino (FCV). Sin este esquema vigente, SENASA no certifica al animal. El mismo principio aplica para ICA en Colombia, AGROCALIDAD en Ecuador, MAPA Brasil en Brasil y las demás autoridades zoosanitarias latinoamericanas indicadas en la tabla de la sección anterior.
Tratamientos antiparasitarios
No identificado en normativa primaria consultada como requisito obligatorio para entrada a España.
Certificado de salud
Igual que perros — ver sección anterior. Emitido y endosado por SENASA (https://www.gob.pe/senasa) en Perú, o por la autoridad zoosanitaria equivalente en cada país latinoamericano de origen.
Documento oficial de entrada
Igual que perros — ver sección anterior.
Formularios digitales obligatorios
No identificado en normativa primaria consultada.
Cuarentena
Igual que perros — ver sección anterior.
Restricciones por raza
No identificado en normativa primaria consultada para gatos. Se permiten todas las razas domésticas.
Edad mínima de entrada
Igual que perros — ver sección anterior.
Variaciones por país de origen
¿Requisitos diferenciados por origen?
Sí.
Sistema de clasificación de riesgo
Sistema de listas de la UE (Reglamento 577/2013). Países listados en el Anexo II están exentos de RNATT y del período de espera de 3 meses. Países no listados —incluyendo Perú y la mayoría de América Latina— deben cumplir el protocolo completo con serología y espera. URL de verificación: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577
Situación de Perú y América Latina
Perú es país no listado. Comparten esta clasificación: Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay y la mayoría de países centroamericanos y caribeños. Los requisitos detallados en esta ficha aplican íntegramente a cualquier expediente originado en estos territorios. La certificación de exportación en cada caso corresponde a SENASA en Perú (https://www.gob.pe/senasa), ICA en Colombia, AGROCALIDAD en Ecuador, MAPA Brasil SDA en Brasil, SAG en Chile, SENASICA en México, SENASAG en Bolivia, SENACSA en Paraguay, MGAP-DGSG en Uruguay e INSAI en Venezuela.
Tránsito por terceros países
Si un animal procedente de un país listado transita por Perú o cualquier país no listado, debe cumplir los requisitos de ese país de tránsito, incluyendo el RNATT, a menos que el propietario pueda acreditar mediante declaración que el animal no tuvo contacto con otros animales sensibles a la rabia y permaneció en el medio de transporte o en el recinto internacional del aeropuerto durante todo el tránsito (Reglamento UE 576/2013).
Errores frecuentes
ERROR 1: Extracción de muestra antes de los 30 días post-vacuna
Qué ocurre: la muestra se toma antes de que el sistema inmune haya respondido suficientemente. El título de anticuerpos sale con frecuencia por debajo del umbral de 0,5 UI/mL.
Consecuencia regulatoria: rechazo del test; necesidad de re-vacunar y esperar 30 días adicionales para nueva muestra, reiniciando el período de espera de 3 meses (Reglamento UE 576/2013).
Cómo se previene: respetar estrictamente los 30 días naturales desde la vacunación antes de cualquier extracción de muestra.
ERROR 2: Calcular los 3 meses de espera desde la fecha del resultado, no desde la extracción
Qué ocurre: el propietario programa el vuelo contando 90 días desde que recibe el resultado del laboratorio, cuando el contador empieza el día de la extracción de sangre.
Consecuencia regulatoria: rechazo en el Punto de Control Fronterizo de Viajeros (TTP); cuarentena obligatoria a cargo del propietario hasta completar los 90 días (MAPA, Reglamento UE 576/2013).
Cómo se previene: calcular la fecha apta para el vuelo como día 91 desde la extracción de sangre, con margen adicional de 2-3 días para diferencias de zona horaria.
ERROR 3: Microchip no legible o fuera del estándar ISO
Qué ocurre: el chip implantado no puede ser leído por los escáneres estándar ISO en la aduana española. Frecuente con chips de marcas no homologadas implantados en clínicas de Perú, Colombia o Ecuador que no verifican el estándar.
Consecuencia regulatoria: el animal se considera no identificado; todas las vacunas y tests asociados quedan invalidados (Reglamento UE 576/2013).
Cómo se previene: verificar la lectura del chip con dos escáneres distintos antes de emitir cualquier documento. SENASA (https://www.gob.pe/senasa) exige esta verificación para el endoso del certificado en Perú.
ERROR 4: Uso de laboratorio no acreditado por la Comisión Europea
Qué ocurre: la muestra se envía a un laboratorio con acreditación WOAH o nacional pero no incluido en la lista oficial de laboratorios aprobados por la UE para RNATT.
Consecuencia regulatoria: el resultado es nulo para efectos legales de importación a España y toda la UE.
Cómo se previene: consultar la lista oficial antes de la extracción: https://food.ec.europa.eu/animals/pet-movement/approved-rabies-serology-laboratories_en
ERROR 5: Vacuna caduca durante el período de espera de 3 meses
Qué ocurre: la vacuna vigente al momento del RNATT vence antes de la fecha del vuelo y el propietario aplica el refuerzo después de la caducidad, rompiendo la continuidad de inmunización.
Consecuencia regulatoria: pérdida de la validez del proceso completo; necesidad de reiniciar desde la vacunación (Reglamento UE 576/2013).
Cómo se previene: calcular la fecha de vencimiento de la vacuna activa al iniciar el proceso y programar el refuerzo antes de esa fecha si el período de espera lo alcanza.
ERROR 6: Secuencia incorrecta entre identificación y vacunación
Qué ocurre: el certificado muestra que la vacuna antirrábica fue administrada un día antes de la implantación del microchip. Error frecuente en clínicas de Perú, Colombia y Ecuador que no conocen la exigencia de secuencia del Reglamento UE 576/2013.
Consecuencia regulatoria: la vacuna es inválida ante la normativa europea; el proceso debe reiniciarse desde la vacunación con chip ya implantado.
Cómo se previene: verificar que el acta de implantación del chip tiene fecha anterior o igual a la de la vacuna. SENASA verifica esta secuencia en el endoso; si hay discrepancia, no certifica.
Calendario mínimo desde cero
Escenario A — Animal con microchip y vacunación vigente (vacuna con más de 30 días)
— Día 0: extracción de muestra para RNATT y envío a laboratorio acreditado por la UE.
— Día 15 (aproximado): recepción de resultado positivo (≥ 0,5 UI/mL). SENASA (https://www.gob.pe/senasa) puede iniciar la gestión del endoso del certificado en paralelo.
— Día 85-88: emisión del Certificado Sanitario Internacional por SENASA y endoso oficial. Ventana de 10 días de validez del certificado.
— Día 91: fecha apta mínima para el embarque a España.
— Tiempo total mínimo Escenario A: 3 meses desde la extracción de muestra.
Escenario B — Animal sin historial previo, desde cero
— Día 0: implantación de microchip ISO + vacuna antirrábica (edad mínima 12 semanas cumplidas). SENASA registra el microchip en el sistema de trazabilidad animal.
— Día 30: extracción de muestra para RNATT (mínimo 30 días post-vacuna, Reglamento UE 576/2013).
— Día 45 (aproximado): recepción de resultado positivo del laboratorio acreditado UE.
— Día 115-118: emisión y endoso del Certificado Sanitario Internacional por SENASA (https://www.gob.pe/senasa).
— Día 120: fecha apta mínima para el embarque.
— Tiempo total mínimo Escenario B: 4 meses desde cero.
Puntos de entrada autorizados
Sí hay restricción de punto de entrada. Los animales deben ingresar por Puntos de Control Fronterizo de Viajeros (TTP) designados por España para la recepción de animales de compañía procedentes de terceros países.
| Aeropuerto | Ciudad | Código IATA |
|---|---|---|
| Adolfo Suárez Madrid-Barajas | Madrid | MAD |
| Josep Tarradellas Barcelona-El Prat | Barcelona | BCN |
| Málaga-Costa del Sol | Málaga | AGP |
| Alicante-Elche | Alicante | ALC |
| Palma de Mallorca | Palma de Mallorca | PMI |
Directorio de autoridades
| Autoridad | Función | URL oficial |
|---|---|---|
| MAPA (España) | Autoridad sanitaria central, normativa de entrada | https://www.mapa.gob.es |
| SENASA (Perú) | Certificación y endoso de exportación desde Perú | https://www.gob.pe/senasa |
| ICA (Colombia) | Certificación y endoso de exportación desde Colombia | https://www.ica.gov.co |
| AGROCALIDAD (Ecuador) | Certificación y endoso de exportación desde Ecuador | https://www.agrocalidad.gob.ec |
| MAPA Brasil — SDA | Certificación y endoso de exportación desde Brasil | https://www.gov.br/agricultura |
| SAG (Chile) | Certificación y endoso de exportación desde Chile | https://www.sag.gob.cl |
| SENASICA (México) | Certificación y endoso de exportación desde México | https://www.gob.mx/senasica |
| Comisión Europea | Normativa UE, lista de laboratorios acreditados | https://food.ec.europa.eu |
| Aduanas España (AEAT) | Control de fronteras | https://sede.agenciatributaria.gob.es |
| WOAH | Estándares internacionales de rabia | https://www.woah.org/en/disease/rabies/ |
Normativa vigente citada
- Reglamento (UE) n.º 576/2013 — Relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía. Artículos 10 y 11 sobre requisitos para animales procedentes de terceros países no listados. URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0576 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
- Reglamento de Ejecución (UE) n.º 577/2013 — Modelos de documentos de identificación, listas de territorios y terceros países, y formularios. Anexo II (lista de países) y Anexo IV (modelo de certificado sanitario). URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32013R0577 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
- Ley 50/1999 (España) — Régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos. Razas PPP y requisitos administrativos en territorio español. URL: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-23825 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
- Real Decreto 287/2002 (España) — Desarrolla la Ley 50/1999; establece el listado oficial de razas PPP y los requisitos de licencia, seguro y control en vía pública. URL: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2002-5492 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
España es el destino más demandado desde Perú y desde toda América Latina hispanohablante, y es también el que concentra más errores evitables. El más frecuente en la práctica no es la falta de documentación sino el cálculo incorrecto del período de espera: los propietarios cuentan los 3 meses desde que reciben el resultado del laboratorio, no desde el día de la extracción. Esa confusión cuesta cuarentenas. Lo que diferencia a España del resto de la UE no es la normativa federal, que es idéntica para todos los estados miembro, sino lo que ocurre después de la entrada: las competencias pasan a ser autonómicas, y los perros PPP necesitan registro local inmediato en el municipio de destino. Dogo Argentino y Fila Brasileiro generan los problemas más frecuentes porque sus propietarios no los identifican como PPP hasta que están en Barajas. El otro punto que pocos anticipan desde Perú: SENASA no emite el Certificado Sanitario Internacional solo con la vacuna de rabia. Exige el esquema completo vigente. Si el animal llega a SENASA con solo la antirrábica puesta, el proceso se detiene allí, no en Madrid.
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Los 3 meses de espera post-serología y el endoso de SENASA tienen plazos que no admiten improvisación.
En Zoovet Travel coordinamos cada paso del proceso con SENASA y verificamos los laboratorios acreditados por la UE para que el expediente llegue completo a Barajas o El Prat.
Contacto directo: +51 979 620 402 — +51 922 083 707 — 044 366094
Esta ficha fue verificada en fuentes primarias a 23 de febrero de 2026. Los requisitos pueden cambiar sin previo aviso. Verificar siempre directamente con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) y con SENASA (https://www.gob.pe/senasa) antes de iniciar cualquier proceso de exportación desde Perú.