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Ficha de Destino: Italia

Última verificación: 23 de febrero de 2026
Autoridad sanitaria competente: Ministero della Salute — Direzione Generale della Sanità Animale e dei Farmaci Veterinari
URL oficial: https://www.salute.gov.it/portale/saluteAnimale/dettaglioContenutiCanaleSaluteAnimale.jsp?lingua=italiano&id=4607&area=saluteAnimale&menu=vuoto

Requisitos según país de origen — Guía rápida

Italia aplica requisitos distintos según el país desde donde viaja el animal. Identifica tu caso antes de continuar.

CASO 1 — Desde países miembro de la Unión Europea
Alemania, Francia, España, Portugal, Países Bajos, Bélgica, Austria, Suecia y todos los demás estados miembro. Proceso más simple: microchip ISO 11784/11785 y pasaporte europeo para animales de compañía con vacuna antirrábica vigente. Sin RNATT. Sin período de espera. El pasaporte europeo es el único documento necesario. Normativa: Reglamento (UE) 576/2013.
CASO 2 — Desde países listados por la UE (bajo riesgo)
Reino Unido, Suiza, Noruega, Islandia, Liechtenstein, Andorra, San Marino, Mónaco, Vaticano, Chile, Argentina, México y otros territorios del Anexo II del Reglamento 577/2013. Exentos de RNATT y período de espera de 3 meses. Requieren microchip ISO, vacuna antirrábica vigente y certificado sanitario oficial equivalente al pasaporte europeo. Australia, Nueva Zelanda, Canadá, Japón y Reino Unido también quedan exentos de RNATT bajo esta clasificación.
Verificar lista actualizada: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577
CASO 3 — Desde países no listados (alto riesgo)
Perú, Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay y la mayoría de países centroamericanos, caribeños, africanos, asiáticos y de Medio Oriente. Protocolo completo obligatorio: microchip ISO previo a la vacuna, vacuna antirrábica, RNATT con umbral de 0,5 UI/mL obtenido en laboratorio acreditado por la UE, período de espera de 3 meses desde la extracción de muestra, y certificado sanitario con endoso de la autoridad oficial del país de origen. En Perú: SENASA (https://www.gob.pe/senasa).
El resto de esta ficha desarrolla íntegramente el Caso 3.

Verificar tu caso directamente en: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577

Clasificación global del destino

Modelo regulatorio

Modelo B: cuarentena condicional por incumplimiento. Italia, bajo el marco del Reglamento (UE) 576/2013, permite la entrada directa de mascotas que cumplen íntegramente los requisitos sanitarios. En caso de incumplimiento documental o sospecha clínica, la autoridad puede ordenar aislamiento, reexpedición al país de origen o, en casos extremos, eutanasia (Art. 35, Reglamento UE 576/2013). No existe cuarentena rutinaria para animales con documentación completa.

Estatus de rabia del país de destino

Libre de rabia canina.
Fuente: WOAH — https://www.woah.org/en/disease/rabies/

Sistema de clasificación de países de origen

Sí. Italia aplica el sistema de listas de la Unión Europea establecido en el Reglamento de Ejecución (UE) 577/2013. Los países se dividen en países listados en el Anexo II (bajo riesgo, exentos de RNATT y período de espera) y países no listados (alto riesgo, con protocolo completo obligatorio).

Perú es país no listado, clasificado de alto riesgo. Comparten esta categoría en América Latina: Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay y la mayoría de países centroamericanos y caribeños. Chile, Argentina y México están listados en el Anexo II, Parte 2, del Reglamento 577/2013 y quedan exentos del RNATT y del período de espera de 3 meses.
URL de verificación: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577

Requisitos para perros

Microchip

— Estándar exigido: ISO 11784 / ISO 11785, 15 dígitos (Reglamento UE 576/2013, Anexo III).
— ¿Debe implantarse antes de la vacuna? Sí. La identificación debe ser anterior o del mismo día de la vacunación antirrábica para que esta sea válida.
— Si el chip fue implantado después: la vacuna se considera nula para efectos de exportación. Debe repetirse tras la implantación del chip y reiniciar todos los plazos.

Vacuna antirrábica

— Obligatoria: Sí.
— Edad mínima para vacunar: 12 semanas (3 meses) (Reglamento UE 576/2013, Art. 10).
— Plazo mínimo post-vacuna: 21 días naturales para primovacunación (Reglamento UE 576/2013, Anexo IV).
— Validez reconocida: según ficha técnica del fabricante (1 o 3 años), siempre que no existan interrupciones en el calendario de refuerzos. Si la vacuna vence durante el período de espera post-RNATT, debe aplicarse el refuerzo antes de la fecha de caducidad exacta o se pierde la continuidad del proceso.
— Tipos de vacuna aceptados: inactivadas o recombinantes autorizadas en el país de origen.
— Si está caducada: el animal pierde estatus vacunal. Debe reiniciarse el ciclo completo desde la vacunación, incluyendo los 21 días de espera y el RNATT.

Título serológico antirrábico (RNATT)

— Obligatorio: Sí, para animales procedentes de Perú y todos los países latinoamericanos no listados.
— Umbral mínimo: 0,5 UI/mL (Reglamento UE 576/2013, Anexo IV).
— Plazo mínimo post-vacuna para extraer muestra: 30 días desde la vacunación (Reglamento UE 576/2013, Anexo IV).
— Período de espera: 3 meses (90 días) antes de la entrada a Italia. El contador empieza desde la fecha de extracción de la muestra de sangre, no desde la fecha de recepción del resultado (Reglamento UE 576/2013, Art. 10, punto c).
— Lista de laboratorios acreditados por la UE: https://food.ec.europa.eu/animals/pet-movement/approved-rabies-serology-laboratories_en
— Laboratorios acreditados en América Latina: existe laboratorio acreditado en Brasil (TEC-SAÚDE) y en México (SENASICA). No identificado ningún laboratorio acreditado por la UE en Perú ni en Colombia en normativa primaria consultada. Los propietarios que exportan desde Perú deben enviar la muestra a laboratorios acreditados en Europa u otros países de la lista oficial.
— Si el resultado está bajo el umbral: re-vacunación obligatoria y nueva extracción de muestra 30 días después, reiniciando íntegramente el período de espera de 3 meses.

Otras vacunas exigidas por normativa de entrada

La normativa italiana y europea no exige vacunas adicionales a la antirrábica como requisito legal de importación para movimientos no comerciales.

Sin embargo, SENASA —autoridad zoosanitaria oficial del Perú— exige un esquema vacunal completo y vigente para emitir el Certificado Sanitario Internacional de exportación. Sin ese esquema, SENASA no certifica al animal y el proceso no puede iniciarse. Para perros: Distemper, Parvovirus, Hepatitis infecciosa canina, Leptospirosis y Parainfluenza (vacuna quíntuple vigente). Verificar directamente en https://www.gob.pe/senasa antes de iniciar el proceso desde Perú.

La misma lógica aplica para todos los países latinoamericanos de origen. Cada autoridad zoosanitaria nacional exige su propio esquema vacunal completo para certificar la exportación, independientemente de lo que exija Italia:

País de origenAutoridad zoosanitariaEsquema exigido para exportaciónURL oficial
PerúSENASARabia + Quíntuple (Distemper, Parvo, Hepatitis, Leptospira, Parainfluenza)https://www.gob.pe/senasa
ColombiaICARabia + Triple Viral (Distemper, Hepatitis, Parvovirus)https://www.ica.gov.co
EcuadorAGROCALIDADRabia + Distemper, Parvo, Hepatitis, Leptospirahttps://www.agrocalidad.gob.ec
BrasilMAPA Brasil SDARabia + vacunación múltiple vigentehttps://www.gov.br/agricultura
ArgentinaSENASA ArgentinaVerificar directamentehttps://www.argentina.gob.ar/senasa
ChileSAGVerificar directamentehttps://www.sag.gob.cl
MéxicoSENASICAVerificar directamentehttps://www.gob.mx/senasica
BoliviaSENASAGVerificar directamentehttps://www.senasag.gob.bo
VenezuelaINSAIVerificar directamentehttps://www.insai.gob.ve
UruguayMGAP-DGSGVerificar directamentehttps://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca
ParaguaySENACSAVerificar directamentehttps://www.senacsa.gov.py

Tratamientos antiparasitarios

No identificado en normativa primaria consultada como requisito obligatorio para la entrada directa a Italia desde Perú. Los tratamientos antiparasitarios son obligatorios para entrada a Reino Unido, Finlandia, Irlanda, Malta y Noruega, pero no para Italia bajo la normativa UE vigente.

Certificado de salud

— Nombre oficial: Certificado Sanitario de la UE para movimientos no comerciales de animales de compañía procedentes de terceros países (Anexo IV, Reglamento de Ejecución UE 577/2013).
— Quién puede emitirlo: veterinario oficial de la autoridad del país de origen. En Perú: SENASA (https://www.gob.pe/senasa). En Colombia: ICA. En Ecuador: AGROCALIDAD. En Brasil: MAPA Brasil SDA.
— Ventana temporal de validez: 10 días desde la firma oficial hasta el control de entrada en la UE (Art. 1, Reglamento 577/2013).
— ¿Requiere endoso? Sí, obligatorio. En Perú: SENASA (https://www.gob.pe/senasa).
— URL modelo oficial: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R0577&from=ES

Documento oficial de entrada

— Nombre exacto: Certificado Sanitario modelo Anexo IV del Reglamento de Ejecución (UE) 577/2013.
— Quién lo emite: en Perú, SENASA basado en el modelo oficial de la UE. En cada país latinoamericano: la autoridad zoosanitaria nacional equivalente indicada en la tabla anterior.
— Ventana temporal: 10 días desde la emisión hasta el punto de entrada en Italia.
— URL del modelo oficial: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R0577&from=ES

Formularios digitales obligatorios

No identificado en normativa primaria consultada ningún formulario digital nacional centralizado previo al viaje para Italia. Se requiere el certificado físico oficial.

Cuarentena

— Obligatoria: No de forma rutinaria. Condicional por incumplimiento documental o signos clínicos detectados en el punto de entrada.
— Instalaciones: Punti di Entrata dei Viaggiatori — oficinas veterinarias de aduana integradas en los aeropuertos autorizados.
— Costo: íntegramente a cargo del propietario.
— ¿Qué la puede prolongar? Microchip no legible, documentación incompleta, período de espera post-RNATT no cumplido, o vacuna caducada.

Restricciones por raza

No desarrollado en esta ficha. Consultar directamente con el Ministero della Salute antes de iniciar el proceso.

Edad mínima de entrada

Aproximadamente 7 meses para animales procedentes de Perú y países latinoamericanos no listados: 12 semanas de edad mínima + 30 días post-vacuna para extracción de muestra + 90 días de espera post-extracción. No se permite la entrada de cachorros sin RNATT procedentes de países de alto riesgo (Reglamento UE 576/2013, Art. 10).

Modalidad de transporte

Equipaje de cabina (PETC) o bodega (AVIH) permitido para movimientos no comerciales. No es obligatorio el Manifest Cargo para entrada a Italia (Ministero della Salute / IATA LAR).

Requisitos para gatos

Microchip

Igual que perros — ver sección anterior.

Vacuna antirrábica

Igual que perros — ver sección anterior.

Título serológico (RNATT)

Igual que perros — ver sección anterior. El umbral de 0,5 UI/mL, el contador desde la extracción de muestra y el período de espera de 3 meses aplican igualmente para gatos procedentes de Perú y países latinoamericanos no listados.

Otras vacunas exigidas por normativa de entrada

La normativa italiana no exige vacunas adicionales a la antirrábica para la entrada. Sin embargo, SENASA (https://www.gob.pe/senasa) exige para gatos esquema vacunal completo vigente para emitir el Certificado Sanitario Internacional desde Perú: Triple Felina (Calicivirus, Rinotraqueítis viral felina y Panleucopenia) más vacuna antirrábica. Sin este esquema, SENASA no certifica. El mismo principio aplica para ICA en Colombia, AGROCALIDAD en Ecuador y las demás autoridades indicadas en la tabla anterior.

Tratamientos antiparasitarios

No identificado en normativa primaria consultada como requisito obligatorio para entrada a Italia.

Certificado de salud

Igual que perros — ver sección anterior. Emitido y endosado por SENASA (https://www.gob.pe/senasa) en Perú, o por la autoridad zoosanitaria equivalente en cada país latinoamericano de origen.

Documento oficial de entrada

Igual que perros — ver sección anterior.

Formularios digitales obligatorios

No identificado en normativa primaria consultada.

Cuarentena

Igual que perros — ver sección anterior.

Restricciones por raza

No desarrollado en esta ficha. Consultar directamente con el Ministero della Salute antes de iniciar el proceso.

Edad mínima de entrada

Igual que perros — ver sección anterior.

Modalidad de transporte

Igual que perros — ver sección anterior.

Variaciones por país de origen

¿Requisitos diferenciados por origen?

Sí.

Sistema de clasificación de riesgo

Sistema de listas de la UE (Reglamento 577/2013, Anexo II). Países listados exentos de RNATT y período de espera. Países no listados con protocolo completo obligatorio.
URL de verificación: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0577

Situación de Perú y América Latina

Perú es país no listado. Comparten esta clasificación: Colombia, Ecuador, Brasil, Venezuela, Bolivia, Paraguay, Uruguay y la mayoría de países centroamericanos y caribeños. Chile, Argentina y México están listados en el Anexo II, Parte 2, y quedan exentos del RNATT y del período de espera. La certificación de exportación en cada caso corresponde a SENASA en Perú (https://www.gob.pe/senasa), ICA en Colombia, AGROCALIDAD en Ecuador, MAPA Brasil SDA en Brasil, SAG en Chile, SENASICA en México, SENASAG en Bolivia, SENACSA en Paraguay, MGAP-DGSG en Uruguay e INSAI en Venezuela.

Situación de países de bajo riesgo

Australia, Nueva Zelanda, Reino Unido, Canadá y Japón: no requieren RNATT. Solo microchip ISO, vacuna antirrábica vigente y certificado sanitario oficial equivalente al pasaporte europeo. Alemania, Francia y demás estados miembro de la UE: solo pasaporte europeo con vacuna vigente.

Tránsito por terceros países

Si un animal procedente de un país listado transita por Perú o cualquier país no listado, debe cumplir los requisitos de ese país de tránsito, incluyendo el RNATT, a menos que el propietario pueda acreditar mediante declaración que el animal no tuvo contacto con animales sensibles a la rabia y permaneció en el recinto internacional del aeropuerto durante todo el tránsito (Anexo I, Parte 3, Reglamento 577/2013).

Errores frecuentes

ERROR 1: Extracción de muestra antes de los 30 días post-vacuna

Qué ocurre: la muestra se toma antes de que el sistema inmune haya respondido suficientemente. El título de anticuerpos sale con frecuencia por debajo del umbral de 0,5 UI/mL. Frecuente en expedientes desde Perú donde la urgencia del propietario acorta los plazos.
Consecuencia regulatoria: rechazo del test; re-vacunación obligatoria y espera de 30 días adicionales para nueva muestra, reiniciando el período de espera de 3 meses (Reglamento UE 576/2013, Anexo IV).
Cómo se previene: respetar estrictamente los 30 días naturales desde la vacunación antes de cualquier extracción de muestra. SENASA verifica esta secuencia en el endoso.

ERROR 2: Calcular los 90 días desde la fecha del resultado, no desde la extracción

Qué ocurre: el propietario programa el vuelo contando 3 meses desde que recibe el resultado del laboratorio, cuando el contador empieza el día que la aguja toca al animal.
Consecuencia regulatoria: rechazo en el Punto de Entrada de Viajeros italiano y cuarentena obligatoria a cargo del propietario hasta completar los 90 días (Reglamento UE 576/2013, Art. 10, punto c).
Cómo se previene: calcular la fecha apta para el vuelo como día 91 desde la extracción de sangre, con margen adicional de 2-3 días.

ERROR 3: Microchip implantado después de la vacuna

Qué ocurre: el certificado muestra que la vacuna fue administrada antes de la implantación del chip. Error frecuente en clínicas de Perú, Colombia y Ecuador que no conocen la exigencia de secuencia del Reglamento UE 576/2013.
Consecuencia regulatoria: la vacuna queda invalidada legalmente y el proceso de titulación se anula. Debe reiniciarse desde la vacunación con chip ya implantado.
Cómo se previene: verificar que el registro del chip tiene fecha anterior o igual a la de la vacuna. SENASA (https://www.gob.pe/senasa) verifica esta secuencia en el endoso; si hay discrepancia, no certifica.

ERROR 4: Uso de laboratorio no acreditado por la Comisión Europea

Qué ocurre: la muestra se envía a un laboratorio con acreditación nacional o WOAH pero no incluido en la lista oficial de la UE. Particularmente frecuente desde Perú, donde no existe ningún laboratorio acreditado por la UE, y el propietario recurre a laboratorios locales de referencia.
Consecuencia regulatoria: el resultado es nulo ante las aduanas europeas, sin excepción.
Cómo se previene: verificar el nombre exacto del laboratorio en la lista oficial antes de la extracción: https://food.ec.europa.eu/animals/pet-movement/approved-rabies-serology-laboratories_en

ERROR 5: Certificado sanitario sin endoso de SENASA

Qué ocurre: se presenta en frontera el certificado firmado únicamente por el veterinario privado, sin el sello oficial de SENASA.
Consecuencia regulatoria: el documento no tiene validez legal internacional; rechazo en el Punto de Entrada de Viajeros italiano.
Cómo se previene: tramitar el endoso oficial en SENASA (https://www.gob.pe/senasa) con suficiente antelación, recordando que el certificado tiene solo 10 días de validez desde su emisión.

ERROR 6: Microchip no legible en frontera italiana

Qué ocurre: el chip implantado no puede ser leído por los escáneres ISO en los Punti di Entrata dei Viaggiatori de Fiumicino o Malpensa. Los inspectores italianos son especialmente rigurosos en la verificación de la lectura del chip.
Consecuencia regulatoria: el animal se considera no identificado; todas las vacunas y tests asociados quedan invalidados (Reglamento UE 576/2013).
Cómo se previene: verificar la lectura del chip con dos escáneres distintos antes de emitir cualquier documento. SENASA exige esta verificación para el endoso en Perú.

Calendario mínimo desde cero

Escenario A — Animal con microchip y vacunación vigente (vacuna con más de 30 días)

— Día 0: extracción de muestra para RNATT y envío a laboratorio acreditado por la UE. SENASA (https://www.gob.pe/senasa) puede iniciar la gestión del endoso en paralelo.
— Día 15 (aproximado): recepción de resultado positivo (≥ 0,5 UI/mL).
— Día 81-88: emisión del Certificado Sanitario Internacional por SENASA y endoso oficial. Ventana de 10 días de validez.
— Día 91: fecha apta mínima para el embarque a Italia.
Tiempo total mínimo Escenario A: 3 meses desde la extracción de muestra.

Escenario B — Animal sin historial previo, desde cero

— Día 0: implantación de microchip ISO + vacuna antirrábica + vacunas adicionales exigidas por SENASA (quíntuple para perros, triple felina para gatos). Edad mínima 12 semanas cumplidas.
— Día 30: extracción de muestra para RNATT (mínimo 30 días post-vacuna, Reglamento UE 576/2013).
— Día 45 (aproximado): recepción de resultado positivo del laboratorio acreditado UE.
— Día 111-118: emisión y endoso del Certificado Sanitario Internacional por SENASA (https://www.gob.pe/senasa).
— Día 120: fecha apta mínima para el embarque.
Tiempo total mínimo Escenario B: 4 meses desde cero.

Puntos de entrada autorizados

Sí hay restricción de punto de entrada. Los animales deben ingresar por Punti di Entrata dei Viaggiatori (TTP) designados por Italia para la recepción de animales de compañía procedentes de terceros países.

AeropuertoCiudadCódigo IATA
Roma FiumicinoRomaFCO
Milán MalpensaMilánMXP
Venecia Marco PoloVeneciaVCE
Nápoles CapodichinoNápolesNAP

URL oficial: https://www.salute.gov.it/portale/saluteAnimale/puntiEntrataViaggiatori.jsp

Directorio de autoridades

AutoridadFunciónURL oficial
Ministero della Salute (Italia)Autoridad sanitaria central, normativa de entradahttps://www.salute.gov.it
SENASA (Perú)Certificación y endoso de exportación desde Perúhttps://www.gob.pe/senasa
ICA (Colombia)Certificación y endoso desde Colombiahttps://www.ica.gov.co
AGROCALIDAD (Ecuador)Certificación y endoso desde Ecuadorhttps://www.agrocalidad.gob.ec
MAPA Brasil — SDACertificación y endoso desde Brasilhttps://www.gov.br/agricultura
SAG (Chile)Certificación y endoso desde Chilehttps://www.sag.gob.cl
SENASICA (México)Certificación y endoso desde Méxicohttps://www.gob.mx/senasica
SENASAG (Bolivia)Certificación y endoso desde Boliviahttps://www.senasag.gob.bo
INSAI (Venezuela)Certificación y endoso desde Venezuelahttps://www.insai.gob.ve
MGAP-DGSG (Uruguay)Certificación y endoso desde Uruguayhttps://www.gub.uy/ministerio-ganaderia-agricultura-pesca
SENACSA (Paraguay)Certificación y endoso desde Paraguayhttps://www.senacsa.gov.py
Comisión EuropeaNormativa UE, lista de laboratorios acreditadoshttps://food.ec.europa.eu
WOAHEstándares internacionales de rabiahttps://www.woah.org/en/disease/rabies/

Normativa vigente citada

  1. Reglamento (UE) n.º 576/2013 — Relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía. Artículos 10 y 35 sobre requisitos para animales procedentes de terceros países no listados y medidas en caso de incumplimiento. URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/ALL/?uri=celex%3A32013R0576 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
  2. Reglamento de Ejecución (UE) n.º 577/2013 — Modelos de documentos de identificación, listas de territorios y terceros países, y formularios. Anexo II (lista de países) y Anexo IV (modelo de certificado sanitario). URL: https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32013R0577 — Verificado: 23 de febrero de 2026.
  3. Ordinanza 13 luglio 2016 (Italia) — Tutela de la incolumidad pública y responsabilidad del propietario en materia de tenencia de animales de compañía en territorio italiano. URL: https://www.gazzettaufficiale.it — Verificado: 23 de febrero de 2026.

Italia es un destino de precisión matemática y el error más crítico que aparece en la práctica no es la falta de documentación sino el cálculo incorrecto del período de espera. El Reglamento UE es taxativo: los 90 días se cuentan desde que la aguja toca al animal, no desde que llega el sobre del laboratorio. Esa confusión cuesta cuarentenas. Lo que diferencia a Italia del resto de destinos europeos no es la normativa, que es idéntica para toda la UE, sino la rigurosidad de los inspectores en Fiumicino con la lectura del microchip. Si el chip falla en frontera, el animal no pisa suelo italiano, sin importar lo impecable que sea el resto del expediente. El otro punto que nadie anticipa desde Perú: no existe ningún laboratorio acreditado por la UE en territorio peruano. La muestra viaja a Europa o Brasil, y ese tiempo de envío y resultado debe estar calculado dentro del calendario desde el día uno. Si el proceso se gestiona con rigor desde Lima con SENASA como eje, es predecible y ejecutable. Si se improvisa, se pierde en el último paso.

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Los 90 días de espera empiezan el día de la extracción, y SENASA necesita tiempo para el endoso. Cada semana cuenta.
En Zoovet Travel coordinamos el calendario completo con SENASA y los laboratorios acreditados por la UE para que el expediente llegue perfecto a Fiumicino o Malpensa.

Contacto directo: +51 979 620 402+51 922 083 707044 366094

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