Zoovet Serie Técnica Veterinaria — Vol. IV — Regulación Sanitaria Internacional

Intervenciones antiparasitarias exigidas en movimientos internacionales de perros: fundamentos biológicos y criterios regulatorios comparados

Febrero 2026 | Revisión documental

Por qué los Estados regulan parásitos específicos, qué exige cada destino y cuál es la biología que justifica las ventanas temporales obligatorias.

Jessica Ysabel Camacho Garcia, MVZ — CMVP 12434  |  Víctor Jesús Camacho Paz, MV — CMVP 3103

Zoovet Travel — Lima, Perú

Correspondencia: info@zoovettravel.com

Vol. IV — Febrero 2026
Naturaleza y alcance del documento El presente documento constituye una revisión técnica descriptiva de carácter regulatorio. No contiene datos originales, no establece recomendaciones clínicas individuales, no prescribe tratamientos ni dosis, y no reemplaza la verificación directa de normativa vigente ante las autoridades competentes del país de destino. Todas las afirmaciones están respaldadas en la normativa oficial y literatura científica citadas.
⚠ Aviso crítico sobre uso de este documento La normativa de importación animal es de naturaleza dinámica. Los requisitos de tratamiento antiparasitario, ventanas temporales, documentos exigidos y productos aceptados pueden modificarse sin previo aviso por parte de las autoridades competentes. Ningún artículo publicado sustituye la verificación directa con la autoridad veterinaria oficial del país de destino antes de cada movimiento. Los datos regulatorios aquí presentados corresponden a la normativa revisada a la fecha indicada; su exactitud para un movimiento específico debe ser confirmada en las fuentes primarias enlazadas en cada sección.

Sección 1Introducción: medicina clínica individual versus gestión de riesgo poblacional

En la práctica veterinaria clínica, la indicación de un tratamiento antiparasitario responde a una evaluación individual: el estado sanitario del paciente, su entorno epidemiológico, la probabilidad de exposición y los beneficios esperados para ese animal en particular. Este marco conceptual opera a nivel del individuo y se orienta al bienestar de un paciente concreto.

Los requisitos regulatorios de tratamiento antiparasitario en movimientos internacionales responden a una lógica distinta. Su objetivo no es el bienestar del animal que viaja, sino la protección del estatus sanitario del país de destino. Un perro asintomático y aparentemente sano puede actuar como hospedador definitivo de parásitos sin presentar signos clínicos, y sus heces pueden introducir huevos infecciosos en un ecosistema donde el parásito no está establecido. La regulación aborda este riesgo a nivel de población y de bioseguridad territorial, no a nivel del paciente individual.

Esta distinción conceptual es la que explica por qué un destino puede exigir un tratamiento a un perro que el veterinario responsable no prescribiría por razones clínicas: el tratamiento no responde a la enfermedad del animal, sino a la protección del territorio de destino.

¿Por qué los Estados regulan parásitos específicos?

La selección de los parásitos objeto de regulación en los movimientos internacionales responde a criterios técnicos definidos en el marco de la Organización Mundial de Sanidad Animal (WOAH) y aplicados por las autoridades competentes de cada país. Los criterios fundamentales incluyen: la ausencia del parásito en el territorio o su erradicación activa; la capacidad del parásito para establecerse en fauna silvestre residente; el impacto zoonótico potencial; y la existencia de un ciclo de transmisión viable en el ecosistema del país receptor.

Echinococcus multilocularis es el parásito que concentra los requisitos más documentados en los destinos de mayor volumen regulatorio. Su ausencia del territorio es el estado sanitario que los países de mayor relevancia normativa — Finlandia, Irlanda, Malta, Reino Unido, Noruega — activamente protegen mediante la exigencia de tratamiento certificado a los perros que ingresan desde áreas endémicas. La WOAH clasifica la echinococcosis como enfermedad de declaración obligatoria (WOAH Terrestrial Animal Health Code, Capítulo 8.4).

Sección 2Fundamento biológico: ciclo de Echinococcus multilocularis y justificación de las ventanas temporales

2.1 Ciclo biológico y rol del perro doméstico

Echinococcus multilocularis, conocido como la tenia alveolar del zorro, es una cestoda de pequeño tamaño (1,2–4,5 mm en adulto) que desarrolla su ciclo biológico principalmente entre cánidos silvestres — especialmente el zorro rojo (Vulpes vulpes) — y roedores pequeños que actúan como hospedadores intermediarios. Los humanos y los perros domésticos pueden incorporarse a este ciclo como hospedadores accidentales.

Esquema simplificado del ciclo de E. multilocularis (WOAH, 2022)

1
Hospedador definitivo
Zorro, perro, cánido
Adulto en intestino delgado
2
Huevos en heces
Inmediatamente infecciosos
Resistentes en ambiente
3
Hospedador intermediario
Roedores, humanos
Quistes alveolares en hígado
4
Ingesta de vísceras
Cánido consume roedor
infectado → ciclo reinicia

El perro doméstico puede actuar como hospedador definitivo tras ingerir roedores infectados con quistes larvarios. Una vez en el intestino delgado del perro, los protoscólices liberados desarrollan gusanos adultos que producen proglótidas grávidas cargadas de huevos. Los huevos de E. multilocularis son inmediatamente infecciosos al ser liberados al ambiente con las heces, son morfológicamente indistinguibles de los de Taenia spp., y presentan resistencia ambiental notable: sobreviven meses a años en condiciones frías y húmedas, son resistentes a la mayoría de desinfectantes comerciales, y se inactivan principalmente por calor superior a 60°C o congelación a –70°C o menos (Companion Animal Parasite Council, 2025; WCVM/Universidad de Saskatchewan, 2024).

En el hospedador definitivo — incluyendo el perro doméstico —, la infección por adultos de E. multilocularis es asintomática en la gran mayoría de los casos, incluso con cargas parasitarias elevadas. Esta ausencia de signos clínicos es precisamente la que hace que un perro infectado y aparentemente sano pueda diseminar huevos en un nuevo territorio.

2.2 El período prepatente y su relación con las ventanas regulatorias

El período prepatente es el intervalo entre la infección del hospedador definitivo y el primer momento en que se pueden detectar huevos o proglótidas en las heces. Su duración determina el momento a partir del cual un animal puede comenzar a diseminar el parásito en el ambiente.

Para E. multilocularis, el período prepatente en perros ha sido documentado en un rango de 26 a 36 días, con madurez sexual alcanzada en aproximadamente 4–5 semanas (Clinician's Brief, 2017; WCVM/Universidad de Saskatchewan, 2024). Kapel et al. (2006, citado en ScienceDirect Topics) señalan que el 95% de la excreción total de huevos ocurre dentro del primer mes de patencia. La WOAH (2022) reporta un rango de 25–80 días para el género Echinococcus dependiendo de la especie y cepa.

El período prepatente de E. multilocularis en perros oscila entre 26 y 36 días. Un perro que se reinfecta tras el tratamiento puede comenzar a diseminar huevos aproximadamente un mes después. La ventana regulatoria de 24–120 horas antes de la entrada al territorio destino está diseñada para garantizar que el animal llegue libre de formas intestinales, sin dejar suficiente tiempo para que ocurra una reinfección y la consiguiente patencia. Fundamento biológico de la Delegated Regulation (EU) 2018/772, considerando 8

La lógica de la ventana temporal 24–120 horas responde directamente a esta biología. El tratamiento elimina las formas intestinales maduras e inmaduras del parásito. Si se administrara con demasiada antelación — más de 120 horas (5 días) — existiría tiempo suficiente para que el animal se reinfecte en el área endémica de origen y desarrolle nuevamente formas intestinales antes de cruzar la frontera. El límite inferior de 24 horas asegura que el producto haya tenido tiempo de actuar antes del ingreso al territorio protegido. Este fundamento está explicitado en el considerando (8) del Reglamento Delegado (UE) 2018/772 de la Comisión Europea.

2.3 Concepto de país libre y estatus sanitario territorial

El concepto de "país libre" o "territorio libre de enfermedad" se define, en el contexto de la WOAH y de la normativa europea, como aquel que puede demostrar ausencia de la infección en hospedadores definitivos silvestres, basándose en un programa de vigilancia específico durante al menos tres períodos consecutivos de 12 meses. El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/878 lista los Estados Miembros que han acreditado este estatus ante la Comisión Europea para E. multilocularis.

El estatus de "libre" no implica que el parásito sea biológicamente imposible en ese territorio, sino que no está establecido en la fauna silvestre residente según vigilancia sistemática. La exigencia de tratamiento en la entrada no busca curar al animal, sino evitar la introducción de huevos viables que pudieran contaminar el ambiente y establecer un ciclo silvestre donde no existe.

Sección 3Destinos regulatorios: análisis por jurisdicción

Los destinos seleccionados a continuación representan los de mayor relevancia por volumen de tráfico internacional de mascotas y por densidad normativa documentada. Para cada uno se indica el requisito de tratamiento antiparasitario, el parásito objetivo, la ventana temporal, los requisitos documentales y la fuente normativa oficial.

🇫🇮 Finlandia Tratamiento exigido
Parásito objetivoE. multilocularis
Ventana temporal24–120 horas antes de la entrada
AdministraciónVeterinario autorizado
DocumentoPasaporte UE o Certificado Sanitario, Sección II.4
ExenciónPerros procedentes directamente de Irlanda, Malta, Noruega o Irlanda del Norte
Del. Reg. (UE) 2018/772; Impl. Reg. (UE) 2018/878 · food.ec.europa.eu
🇮🇪 Irlanda Tratamiento exigido
Parásito objetivoE. multilocularis
Ventana temporal24–120 horas antes de la entrada
AdministraciónVeterinario autorizado
DocumentoPasaporte UE o Certificado Sanitario, Sección II.4
ExenciónProcedentes directamente de Finlandia, Malta, Noruega o Irlanda del Norte
Del. Reg. (UE) 2018/772; Impl. Reg. (UE) 2018/878 · food.ec.europa.eu
🇲🇹 Malta Tratamiento exigido
Parásito objetivoE. multilocularis
Ventana temporal24–120 horas antes de la entrada
AdministraciónVeterinario autorizado
DocumentoPasaporte UE o Certificado Sanitario, Sección II.4
Justificación territorialAusencia de hospedadores definitivos silvestres adecuados en isla
Del. Reg. (UE) 2018/772, considerando sobre Malta · food.ec.europa.eu
🇳🇴 Noruega Tratamiento exigido
Parásito objetivoE. multilocularis
Ventana temporal24–120 horas antes de la entrada
AdministraciónVeterinario autorizado
Marco normativoEEA, aplica el mismo marco que Del. Reg. (UE) 2018/772
ExenciónProcedentes directamente de Finlandia, Irlanda, Malta o Irlanda del Norte
food.ec.europa.eu/animals/movement-pets; europa.eu/youreurope

3.1 Unión Europea — marco normativo general

El Reglamento (UE) n.° 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece el marco general para los movimientos no comerciales de animales de compañía. El artículo 19(1) de este Reglamento delega en la Comisión la adopción de medidas preventivas específicas para el control de Echinococcus multilocularis.

En ejercicio de esa delegación, el Reglamento Delegado (UE) 2018/772 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2017, establece las condiciones de tratamiento: administración por veterinario, producto con actividad demostrada frente a formas maduras e inmaduras intestinales del parásito, ventana de no más de 120 horas y no menos de 24 horas antes del ingreso. El Reglamento de Ejecución (UE) 2018/878 identifica los Estados Miembros que aplican estas medidas: Finlandia, Irlanda, Malta y — para movimientos desde terceros países — las partes de Irlanda del Norte listadas. Noruega aplica el mismo régimen en virtud del Acuerdo EEE.

La certificación del tratamiento debe realizarse en la Sección II.4 del certificado sanitario o en la sección equivalente del pasaporte europeo de animal de compañía, con indicación del producto utilizado, la fecha y hora exactas de administración, y la firma del veterinario administrador. El certificado sanitario, emitido por un veterinario oficial del país exportador, tiene validez de 10 días desde su emisión para el ingreso inicial y se extiende por la duración del viaje por mar si aplica.

3.2 Reino Unido (Gran Bretaña) post-Brexit

🇬🇧 Reino Unido — Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia, Gales) Tratamiento exigido
Parásito objetivoE. multilocularis
Ventana temporalNo menos de 24 horas, no más de 120 horas (5 días) antes de la llegada programada al Reino Unido
AdministraciónVeterinario acreditado USDA (si procede desde EE.UU.) o veterinario del país de origen autorizado
DocumentoAnimal Health Certificate (AHC), Sección II.4 — el pasaporte UE emitido en GB ya no es válido para entrada post-Brexit
ExenciónProcedentes directamente de Finlandia, Irlanda, Malta, Noruega o Irlanda del Norte
SanciónCuarentena hasta 4 meses o denegación de entrada si no se cumple el requisito
GOV.UK (DEFRA/APHA): gov.uk/bring-pet-to-great-britain · gov.uk/bring-pet-to-great-britain/tapeworm-treatment-dogs

Tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea (enero 2021), el marco regulatorio de movimiento de mascotas fue reformado. Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia y Gales) adoptó sus propias normas como país tercero bajo la clasificación "Parte 2" del sistema de la UE. El requisito de tratamiento anti-Echinococcus se mantuvo con idéntica ventana (24–120 horas) y el mismo principio activo (praziquantel o equivalente). El cambio operativo más relevante es que los pasaportes UE emitidos por veterinarios oficiales de Gran Bretaña dejaron de ser válidos para ingresar a la UE; los viajes desde GB a la UE o a Irlanda del Norte requieren un Animal Health Certificate (AHC) por cada viaje. Para ingresar a GB desde países no exentos, el AHC debe incluir el registro del tratamiento antiparasitario en la Sección II.4, con fecha y hora exactas y firma del veterinario administrador.

La USDA APHIS confirma que el tratamiento anti-Echinococcus puede realizarse antes o después del endoso del AHC por parte de APHIS cuando el origen es Estados Unidos, siempre que se cumpla la ventana temporal al momento de llegada al UK (APHIS, 2024).

3.3 Irlanda del Norte

Irlanda del Norte forma parte del marco regulatorio de la Unión Europea para movimientos de mascotas en virtud del Protocolo sobre Irlanda/Irlanda del Norte del Acuerdo de Retirada, y está incluida en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/878. Por tanto, los perros que ingresan a Irlanda del Norte desde zonas no exentas deben haber recibido el tratamiento en la misma ventana de 24–120 horas. No se exige tratamiento para movimientos directos entre Irlanda del Norte y la República de Irlanda, Finlandia, Malta o Noruega (DAERA, Northern Ireland, 2025).

3.4 Australia (DAFF — Department of Agriculture, Fisheries and Forestry)

🇦🇺 Australia — Sistema de importación complejo con componente antiparasitario Sistema secuencial — no equivalente a ventana UE
¿Tratamiento aislado?No — el tratamiento es parte de un proceso de importación multi-etapa
Parásitos objetivoEctoparásitos (pulgas, garrapatas), endoparásitos; lista de productos aceptados publicada por DAFF
Marco de gestiónSistema de grupos por país (Grupo 1, 2, 3) + permiso de importación BICON + cuarentena obligatoria en Mickleham (Victoria)
CuarentenaMínimo 10 días (Grupo 2) o 30 días (Grupo 3) en instalación oficial post-llegada
LlegadaSolo por Melbourne International Airport; traslado directo a instalación de cuarentena por oficiales DAFF
Otros requisitosPermiso de importación (BICON), identificación por microchip, RNATT para perros de Grupo 3, certificado sanitario gubernamental
agriculture.gov.au/biosecurity-trade/cats-dogs · Biosecurity Act 2015 (Commonwealth)
Nota sobre presentación en tabla comparativa Australia no puede equipararse regulatoriamente a los destinos UE/UK en una misma fila de tabla sin riesgo de error. El tratamiento antiparasitario es obligatorio pero como uno de múltiples componentes de un sistema de importación que incluye permiso previo, cuarentena post-llegada y supervisión en instalación oficial. El elemento determinante del proceso australiano no es la ventana del tratamiento, sino el permiso BICON y la cuarentena. Quien interprete que "con el tratamiento antiparasitario es suficiente" puede encontrarse con el animal rechazado en frontera.

3.5 Nueva Zelanda (MPI — Ministry for Primary Industries)

🇳🇿 Nueva Zelanda — Sistema de importación con cuarentena y tratamiento supervisado Sistema secuencial — no equivalente a ventana UE
Marco regulatorioBiosecurity Act 1993 (NZ) + Import Health Standard: Cats and Dogs (CATDOG.GEN, 7 abril 2021)
PermisoObligatorio para todos los países excepto Australia — tramitación mínima 30 días hábiles (desde agosto 2024)
Tratamiento antiparasitarioExigido (parásitos internos y externos); lista de productos aceptados publicada por MPI (actualización junio 2025)
CuarentenaMínimo 10 días en instalación aprobada (Auckland o Christchurch) para perros no procedentes de Australia
Exención cuarentenaPerros de Australia: inspección fronteriza sin cuarentena institucional si cumplen todos los requisitos
mpi.govt.nz/bring-send-to-nz/pets-travelling-to-nz · IHS Cats and Dogs (CATDOG.GEN)

3.6 Estados Unidos — Nota sobre el rol de USDA APHIS

Los Estados Unidos, como país de origen de perros que se exportan a destinos con requisito de tratamiento obligatorio, tienen un rol regulatorio relevante en este contexto como país exportador. USDA APHIS ha confirmado que Finlandia, Irlanda, Malta, Noruega y el Reino Unido exigen el tratamiento anti-Echinococcus multilocularis en la ventana de 24–120 horas, y ha establecido un requisito operativo específico: el tratamiento debe ser administrado por un veterinario acreditado USDA y documentado en la sección correspondiente del certificado sanitario antes de que el certificado sea presentado a la oficina de APHIS para su endoso (firma y sello oficial). La documentación debe incluir nombre del fabricante, nombre del producto, y la fecha y hora exactas de administración (USDA APHIS, aphis.usda.gov/pet-travel, verificado febrero 2026).

Respecto a la entrada de perros a territorio de EE.UU. desde el extranjero, los requisitos se centran principalmente en la vacunación antirrábica y en el sistema de documentación reformado por CDC (desde agosto 2024). Un requisito de tratamiento antiparasitario preventivo de ingreso obligatorio equivalente al del marco UE no ha sido identificado en la normativa federal vigente. Los lectores deben verificar directamente en aphis.usda.gov y cdc.gov/importation la normativa vigente, dado que este campo ha sido objeto de cambios regulatorios recientes.

3.7 Canadá

Los requisitos de importación de perros a Canadá están regulados por la Canadian Food Inspection Agency (CFIA). La CFIA no exige tratamiento antiparasitario certificado contra Echinococcus multilocularis ni tenias como condición de entrada para perros domésticos. El requisito principal de entrada se centra en la prevención de la rabia: el perro debe ir acompañado de un certificado de vacunación antirrábica válido, redactado en inglés o francés, con indicación de raza, color, peso, fecha de vacunación, nombre comercial de la vacuna y duración de la inmunidad. La Canada Border Services Agency (CBSA) realiza inspección visual; si el animal presenta signos evidentes de parasitosis externa (pulgas, garrapatas), puede ser remitido a inspección secundaria CFIA donde se aplicarían los tratamientos necesarios a costo del propietario, pero este procedimiento es correctivo, no un requisito preventivo de entrada (CFIA, inspection.canada.ca). Se recomienda la verificación directa en inspection.canada.ca antes de cada movimiento.

Tabla resumenRequisitos antiparasitarios comparados por destino

Destino ¿Tratamiento obligatorio? Parásito objetivo Ventana temporal Certificación Marco normativo
🇫🇮 Finlandia E. multilocularis 24–120 h antes de entrada Veterinario autorizado; Pasaporte/Certificado Sección II.4; fecha y hora exactas Del. Reg. (UE) 2018/772; Impl. Reg. (UE) 2018/878
🇮🇪 Irlanda E. multilocularis 24–120 h antes de entrada Veterinario autorizado; Pasaporte/Certificado Sección II.4; fecha y hora exactas Del. Reg. (UE) 2018/772; Impl. Reg. (UE) 2018/878
🇲🇹 Malta E. multilocularis 24–120 h antes de entrada Veterinario autorizado; Pasaporte/Certificado Sección II.4; fecha y hora exactas Del. Reg. (UE) 2018/772; Impl. Reg. (UE) 2018/878
🇳🇴 Noruega E. multilocularis 24–120 h antes de entrada Veterinario autorizado; Certificado; fecha y hora exactas Del. Reg. (UE) 2018/772 (aplicación EEE)
🇬🇧 Reino Unido (GB) E. multilocularis 24–120 h antes de llegada programada Veterinario autorizado; AHC Sección II.4; fecha y hora exactas; firma vet. administrador GOV.UK (DEFRA/APHA) — gov.uk/bring-pet-to-great-britain
🇬🇧 Irlanda del Norte Sí (desde zonas no exentas) E. multilocularis 24–120 h antes de entrada Pasaporte UE o AHC; Sección II.4; fecha y hora exactas Del. Reg. (UE) 2018/772; DAERA NI
🇦🇺 Australia Sí (componente de proceso complejo) Ectoparásitos + endoparásitos (lista DAFF) Según IHS DAFF; cuarentena obligatoria post-llegada Permiso BICON + certificado gubernamental + cuarentena Mickleham agriculture.gov.au; Biosecurity Act 2015
🇳🇿 Nueva Zelanda Sí (componente de proceso complejo) Parásitos internos y externos (lista MPI) Según IHS MPI; cuarentena mínima 10 días Permiso MPI + certificado veterinario oficial + cuarentena aprobada mpi.govt.nz; IHS CATDOG.GEN; Biosecurity Act 1993
🇺🇸 EE.UU. (como destino) No identificado como requisito de entrada Ver aphis.usda.gov y cdc.gov/importation; requisitos de entrada reformados 2024 USDA APHIS; CDC
🇺🇸 EE.UU. (como origen → UE/UK) Sí — exigido por país receptor; tramitado por APHIS E. multilocularis 24–120 h; debe constar en certificado antes del endoso APHIS Veterinario acreditado USDA; sección "Tapeworm treatment" del certificado UE; fecha, hora, producto y firma USDA APHIS — aphis.usda.gov/pet-travel
🇨🇦 Canadá (como destino) No exigido Certificado de vacunación antirrábica (inglés o francés); inspección visual CBSA CFIA — inspection.canada.ca
Nota sobre exenciones dentro del grupo de destinos exigentes Los perros que se desplazan directamente entre países del grupo exento (Finlandia, Irlanda, Malta, Noruega, Irlanda del Norte) no requieren tratamiento entre sí. La exención es específica a cada par de países. Un perro que transita por un país endémico, aunque sea brevemente, pierde el estatus de exento para el siguiente destino del grupo.

Sección 4Requisitos documentales comparados

El tratamiento antiparasitario no tiene valor regulatorio si no está correctamente documentado. En el sistema europeo y del Reino Unido, la invalidez del registro — por omisión de datos, error en la hora, ausencia de firma o producto no identificado — es causa de rechazo en frontera del mismo modo que la ausencia de tratamiento.

Fecha y hora exactas

El Reglamento Delegado (UE) 2018/772 establece una ventana temporal definida en horas. El registro debe incluir tanto la fecha como la hora de administración del tratamiento, no solo la fecha. Un error de hora que sitúe el tratamiento fuera de la ventana 24–120 h hace inválido el certificado para ese ingreso específico.

Firma del veterinario administrador

La firma del veterinario que administra el tratamiento es distinta, en algunos contextos, de la firma del veterinario oficial que certifica el documento. En el AHC británico, la Sección II.4 debe ser completada por el veterinario que administra el tratamiento, pudiendo ser diferente del veterinario oficial que firma el certificado completo (APHIS, 2024).

Identificación del principio activo

El Reglamento Delegado (UE) 2018/772 exige que el producto contenga praziquantel u otras sustancias farmacológicamente activas con eficacia demostrada frente a formas maduras e inmaduras intestinales de E. multilocularis, con autorización de comercialización en el país de administración. No se requiere ningún producto específico por nombre comercial, pero el principio activo debe ser identificable en el registro.

Soporte documental: pasaporte vs. certificado

Para movimientos intra-UE, el pasaporte europeo de animal de compañía es el soporte habitual. Para entradas desde terceros países a la UE, se requiere el certificado sanitario oficial. Para entradas al Reino Unido (GB) desde cualquier origen, el AHC es el documento requerido desde enero 2021; el pasaporte UE emitido en GB ya no es válido para viajes internacionales (GOV.UK, 2024).

Las diferencias documentales más relevantes entre el sistema UE y el sistema UK post-Brexit son operativas, no de contenido: ambos exigen la misma información (producto, fecha, hora exacta, firma del veterinario), pero el soporte difiere (pasaporte UE vs. AHC). Un perro que viaja regularmente entre la UE y el Reino Unido puede necesitar ambos tipos de documentos para distintas etapas del viaje.

En los sistemas australiano y neozelandés, los requisitos documentales son significativamente más extensos y deben coordinarse con los permisos de importación previos al viaje. La certificación del tratamiento antiparasitario es solo uno de los elementos del expediente de exportación y del certificado sanitario oficial, que debe ser emitido y endosado por un veterinario gubernamental del país exportador.

Sección 5Impacto sanitario de la introducción de parásitos no endémicos

5.1 Establecimiento en fauna silvestre

La preocupación regulatoria de los países libres de E. multilocularis no es la infección del perro que viaja — que cursa asintomática y sin consecuencias clínicas para el animal —, sino la potencial contaminación ambiental con huevos viables y el consiguiente establecimiento del ciclo silvestre en fauna local susceptible.

Los huevos de E. multilocularis excretados en heces de un perro infectado son inmediatamente infecciosos para hospedadores intermediarios. En territorios donde el zorro rojo (Vulpes vulpes) u otros cánidos silvestres están presentes y los roedores actúan como intermediarios habituales, la introducción repetida de huevos viables podría, en escenarios de exposición sostenida, crear condiciones de transmisión que no existían previamente. La vigilancia de la ausencia del parásito requiere programas activos de muestreo en fauna silvestre; su establecimiento una vez introducido puede ser difícil de contener, ya que el ciclo silvestre es independiente de la intervención sobre animales domésticos (WOAH, 2022).

La razón por la que Finlandia, Irlanda, Malta y el Reino Unido han mantenido y reforzado sus requisitos de tratamiento a pesar de ser destinos de alta afluencia turística con mascotas es precisamente la dificultad de erradicar el parásito una vez establecido. El Delegated Regulation (EU) 2018/772 menciona explícitamente en sus considerandos la experiencia de países que, habiendo adoptado una ventana temporal más amplia, lograron mantenerse libres del parásito — lo que sirvió de base para el establecimiento científico de los 24–120 horas como intervalo operativo suficiente.

5.2 Implicaciones zoonóticas

La echinococcosis alveolar es la manifestación más grave de la infección por E. multilocularis en seres humanos, quienes actúan como hospedadores intermediarios accidentales. Los humanos se infectan por ingestión de huevos del parásito — presentes en el ambiente contaminado, en alimentos sin lavar o en agua sin tratar — y no por contacto directo con perros infectados. La infección es asintomática durante años; cuando se manifiesta clínicamente, produce lesiones hepáticas de comportamiento infiltrativo similar a una neoplasia maligna, con potencial de afectación de otros órganos (WOAH, 2022). La WOAH cataloga la echinococcosis alveolar como una de las zoonosis parasitarias con mayor impacto en salud pública en regiones endémicas.

La introducción del parásito en un territorio libre no aumentaría inmediatamente el riesgo humano de forma directa, pero modificaría el escenario epidemiológico a largo plazo al crear un reservorio silvestre del que los seres humanos podrían infectarse indirectamente a través del ambiente. Esta es la justificación de salud pública que los documentos regulatorios de la Comisión Europea citan al fundamentar la exigencia de tratamiento.

5.3 Costos de vigilancia y enfoque de bioseguridad poblacional

El mantenimiento del estatus de libre de E. multilocularis requiere programas de vigilancia activa en fauna silvestre — principalmente zorros — con metodologías aceptadas por la WOAH (necropsia, coproPCR, técnica de sedimentación y recuento). Estos programas tienen un costo sostenido para las autoridades competentes. El requisito de tratamiento de animales de compañía entrantes es una medida de bioseguridad preventiva cuyo costo unitario recae sobre el propietario del animal y cuyo beneficio es colectivo: protege el estatus sanitario que permite, a su vez, la libre circulación de animales entre los países del grupo exento sin necesidad de tratamiento. El sistema se sostiene sobre la reciprocidad: los países exentos entre sí no exigen tratamiento porque confían mutuamente en la integridad de sus respectivos estatus.

Sección 6Limitaciones del presente análisis

Este análisis tiene limitaciones inherentes que deben ser tenidas en cuenta por cualquier lector que pretenda aplicar su contenido a un movimiento animal específico.

Dinamismo normativo. La normativa de importación animal es de naturaleza dinámica. Los Reglamentos de Ejecución de la Comisión Europea que actualizan las listas de países libres de E. multilocularis, los sistemas de clasificación de países de DAFF y MPI, los formularios de certificado sanitario de USDA APHIS, y los requisitos de entrada de CFIA pueden modificarse, actualizarse o reemplazarse. El presente documento describe la normativa revisada a febrero de 2026 y no garantiza su exactitud para fechas posteriores.

Alcance de las fuentes. Los requisitos normativos pueden cambiar. Es obligatoria la verificación con la autoridad competente antes de su aplicación.

Movimientos comerciales vs. no comerciales. El presente análisis se centra en movimientos no comerciales de animales de compañía (acompañados por su propietario o persona autorizada). Los movimientos comerciales — venta, transferencia de propiedad, exportación por criadores — están sujetos a marcos normativos distintos en la mayoría de las jurisdicciones revisadas.

Requisitos adicionales no cubiertos. El tratamiento antiparasitario es solo uno de los requisitos de un movimiento internacional completo. La microidentificación, la vacunación antirrábica, el test de título serológico antirrábico (cuando aplica), los certificados sanitarios y los puntos de entrada designados no son objeto de este documento. Un movimiento que cumpla el requisito antiparasitario pero no los demás puede ser igualmente rechazado en frontera.

Variabilidad por aplicación de inspectores. Aunque la normativa europea es de aplicación directa en todos los Estados Miembros, pueden existir diferencias en la interpretación o rigurosidad de la verificación entre distintos puntos de entrada. Esto no modifica la obligación regulatoria pero puede afectar la experiencia práctica de los propietarios.

⚠ Verificación obligatoria antes de cada movimiento La información contenida en este documento no sustituye en ningún caso la verificación directa de los requisitos vigentes con la autoridad veterinaria competente del país de destino y, cuando aplica, del país de origen. Las fuentes primarias de referencia son: food.ec.europa.eu (UE), gov.uk/bring-pet-to-great-britain (UK), agriculture.gov.au/biosecurity-trade/cats-dogs (Australia), mpi.govt.nz/bring-send-to-nz/pets (Nueva Zelanda), aphis.usda.gov/pet-travel (EE.UU./USDA), inspection.canada.ca (Canadá).

Conclusión técnicaSíntesis

Los requisitos de tratamiento antiparasitario en movimientos internacionales de perros responden a una racionalidad de bioseguridad poblacional y territorial que es independiente del estado clínico individual del animal. La selección de Echinococcus multilocularis como parásito objetivo en el sistema europeo y del Reino Unido está directamente justificada por su biología: período prepatente de 26–36 días en perros, ausencia de signos clínicos en el hospedador definitivo, infecciosidad inmediata de los huevos en ambiente, y capacidad de establecimiento en la fauna silvestre de los territorios receptores.

La ventana de 24–120 horas antes de la entrada es una solución de ingeniería regulatoria fundamentada en ese período prepatente: suficientemente estrecha para impedir la reinfección y el desarrollo de formas intestinales entre el tratamiento y el ingreso; suficientemente amplia para ser operativamente viable en el contexto de un viaje internacional.

El análisis comparativo de los destinos revisados revela dos tipos de sistemas distintos que no deben confundirse: los sistemas basados en tratamiento pre-entrada con ventana temporal definida (UE, UK), y los sistemas de importación secuencial con cuarentena obligatoria post-llegada (Australia, Nueva Zelanda). Presentar ambos como equivalentes en una matriz simplificada sin esta distinción puede inducir a errores con consecuencias reales para el animal y el propietario.

Canadá y Estados Unidos (como destino) no tienen actualmente un requisito de tratamiento antiparasitario preventivo de entrada equivalente al del marco UE/UK. EE.UU. tiene, en cambio, un rol operativo relevante como país exportador hacia esos destinos, con un requisito de endoso APHIS que exige que el tratamiento conste en el certificado antes de la firma oficial.

Referencias

  1. Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea. (2013). Reglamento (UE) n.° 576/2013 sobre los desplazamientos no comerciales de animales de compañía y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.° 998/2003. Diario Oficial de la Unión Europea, L 178, 28.6.2013. eur-lex.europa.eu
  2. Comisión Europea. (2018). Reglamento Delegado (UE) 2018/772 de la Comisión, de 21 de noviembre de 2017, que complementa el Reglamento (UE) n.° 576/2013 en lo relativo a las medidas preventivas de sanidad animal para el control de la infección por Echinococcus multilocularis en perros. Diario Oficial de la Unión Europea, L 130, 28.5.2018, p. 1. eur-lex.europa.eu
  3. Comisión Europea. (2018). Reglamento de Ejecución (UE) 2018/878 de la Comisión, de 18 de junio de 2018, por el que se adopta la lista de Estados Miembros que cumplen las normas de categorización establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2018/772. Diario Oficial de la Unión Europea, L 155, 19.6.2018, p. 1. eur-lex.europa.eu
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